¿Me pueden grabar en mi puesto de trabajo?
Los trabajadores tienen derecho a la protección de datos y por lo tanto es ilegal utilizar grabación de cámaras en su puesto de trabajo sin haberlo informado claramente.
Esto se desprende de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. En el fallo por el despido de una trabajadora del hogar por robar de una hucha, este tribunal declara ilícita la prueba del video conseguido por cámaras de videovigilancia.
Según el resto de fundamentación de esta sentencia es una obligación informar convenientemente al trabajador de la presencia de dichas cámaras de vigilancia. Por lo tanto al trabajador no se le puede penalizar el salario ni aplicar ningún tipo de sanción justificando y probando el delito mediante dicha grabación de cámaras de vigilancia.
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