A) ¿Qué es el “Complemento de Apoyo al Empleo”?
Normalmente, cuando la gente dice “Complemento de Apoyo al Empleo”, se refiere al incentivo al empleo del IMV.
En pocas palabras:
- si tú (o alguien de tu unidad de convivencia) empieza a trabajar o aumenta ingresos laborales,
- el IMV no tiene por qué desaparecer de golpe, porque hay una regla que permite mantener una parte del IMV durante un tiempo o bajo ciertas condiciones.
B) Entonces, si trabajo, ¿me quitan el IMV?
No necesariamente.
Lo normal es esto:
- La Seguridad Social revisa tu IMV (porque cambia tu situación).
- Puede ocurrir:
- que el IMV baje (porque ya tienes más ingresos),
- que se mantenga en parte durante un tiempo por el incentivo,
- o que, si ya superas los límites, se extinga (se acabe).
Lo importante es: trabajar no implica automáticamente perderlo todo desde el primer euro, porque precisamente el RD 789/2022 intenta evitar ese “castigo” por incorporarse al empleo.
C) ¿Esto también afecta si tengo menores y cobro el CAPI?
Sí, puede afectar, porque el CAPI se gestiona dentro del IMV.
Si suben mucho los ingresos, puede bajar la cuantía total o incluso perderse el derecho, según el caso.
D) ¿Hay que pedirlo aparte?
En general:
- El IMV se solicita con su formulario.
- El “incentivo al empleo” no suele ser una “solicitud separada” como una ayuda distinta, sino un modo de cálculo/compatibilidad cuando hay ingresos laborales.

