Ha sido publicada la tan esperada Ley del teletrabajo, y más aún después de estos meses de pandemia y las limitaciones impuestas por el Gobierno para poder controlar los contagios, en los que todas las empresas se han visto obligadas a implementar el trabajo desde el domicilio del trabajador. Muchas de estas mercantiles eran reacias a este método de trabajo pero tras la implementación «forzosa» han podido comprobar su aumento de productividad, en muchas de ellas.
Tras muchas negociaciones La Ley reguladora del teletrabajo establece una serie de requisitos que deben cumplirse para que la misma sea ajustada a derecho. A grandes rasgos se establece que deben existir 3 premisas:
- Voluntariedad entre las partes
- Pacto reversible
- Cobertura de gastos del trabajador
Nunca debe pasarse por alta, y más en este tipo de situaciones, que deben garantizarse los mismos derechos y obligaciones que el resto de los trabajadores, como es la jornada, la retribución, entre otros.
Para que el teletrabajo obre vigencia debe existir pacto expreso y escrito entre las partes, en el que recoja los puntos señalados anteriormente.


