Se confirma la existencia de una regularización extraordinaria para personas inmigrantes en España, aprobada mediante Real Decreto, con el objetivo de dar seguridad jurídica a una realidad ya existente y favorecer una integración social y laboral efectiva.
1. Requisitos principales
La medida fija criterios claros. En especial, se exige:
- Acreditar una permanencia continuada mínima de 5 meses en España en el momento de presentar la solicitud.
- Haber residido en España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Para solicitantes de protección internacional, bastará con que la solicitud se hubiera presentado antes del 31/12/2025 y pueda acreditarse.
- Carecer de antecedentes penales.
2. Plazos del proceso
Se prevé que las solicitudes puedan empezar a presentarse a principios de abril de 2026 (tras los trámites finales) y el procedimiento estará abierto hasta el 30 de junio de 2026.
3. Efectos laborales (lo más relevante)
La autorización de residencia que se concede:
- habilita automáticamente para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector,
- elimina trabas administrativas tanto para la persona trabajadora como para el empleador, y
- facilita que el empleo pase a ser regular, con alta y cotización y acceso a derechos asociados (sanidad, educación), asumiendo también las obligaciones comunes (impuestos y cotizaciones).
4. Duración y paso a régimen ordinario
La autorización tendrá una vigencia inicial de 1 año. Pasado ese plazo, las personas deberán incorporarse a las vías ordinarias previstas en el Reglamento de Extranjería.
