En el último Consejo de Ministros de septiembre se ha aprobado la subida del SMI de 15 euros mensuales, dejando el salario mínimo interprofesional para lo que resta de 2021 en 965 euros brutos al mes en 14 pagas. Esta subida se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021.
Para una empresa, o convenio colectivo, cuyos salarios se rijan por el SMI, implica que la nómina de septiembre de sus trabajadores ya debe reflejar este incremento. Esta subida se corresponde a una jornada laboral de 40 horas, de manera que otros tipos de jornadas reducidas deben aplicar un cálculo proporcional.
La subida se aplica en todo el ámbito laboral
La subida del SMI no solo afecta a empleados, también al trabajador autónomo y a las empleadas del hogar.
Los autónomos lo notarán en las cotizaciones, ya que suben las bases mínimas de cotización un 0,2% para las contingencias profesionales, y un 0,1% para la de cese de actividad. La cuota total pasa a quedarse en el 30,6%.
Por su parte, las empleadas del hogar cobrarán 7,43 euros por la hora trabajada.
El salario mínimo interprofesional se ha aprobado con el visto bueno de sindicatos, pero con la oposición de la patronal.
